Garantía para un importado
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AUTOMOVILES NUEVOS
Para cualquier COCHE NUEVO que compre en OTRO PAÍS DE LA UNIÓN EUROPEA, la ejecución de la garantía en ESPAÑA no va a suponer ningún problema.
Hace ya bastantes años, entró en vigor una normativa comunitaria que regula esta cuestión. En función de esta normativa, los fabricantes se comprometieron a harmonizar la garantía y asistencia post-venta en todo el territorio comunitario. No importa en qué país compre el coche, el fabricante debe ofrecer GARANTÍA Y ASISTENCIA POST-VENTA EN TODO EL AMBITO DE LA UNIÓN, en igualdad de condiciones para todo el territorio.
El período MINIMO DE GARANTÍA PARA UN COCHE NUEVO SERÁ DE COMO MINIMO 2 AÑOS O 100.000KILÓMETROS, según la normativa comunitaria vigente.
AUTOMOVILES DE OCASIÓN
Desde el 1 Enero del 2002, toda venta de un AUTOMÓVIL de OCASIÓN dentro del ámbito territorial de la UNIÓN EUROPEA debe ir acompañado de un período de garantía de como mínimo UN AÑO DE DURACIÓN.
No obstante, esta normativa es INTERPRETABLE, y en determinados casos el comprador puede renunciar explicitamente a la misma, obviamente a cambio de contrapartidas, generalmente económicas.
Es práctica común entre revendedores y mediadores del sector ejercer esta renuncia a cambio de mejoras en el precio, renuncia que muchas veces se hace sin el consentimiento ni la aprobación del destinatario final del vehículo.
Existen básicamente dos tipos de garantía mecánica para coches de ocasión:
No olvide tener presente que en el caso de que el CONTADOR KILOMÉTRICO HAYA SUFRIDO ALGUNA MANIPULACIÓN, perderá todo derecho a la ejecución de la garantía contratada. Extréme sus precauciones y NEGOCÍE USTED MISMO EL COCHE QUE COMPRE, si no quiere verse doblemente perjudicado.Un particular NO ESTÁ OBLIGADO A DAR GARANTÍA A SU CLIENTE, pero SÍ está sujeto a la ley de “vicios ocultos”, con lo cual es responsable de cualquier percance que sufra el comprador por no haber informado a este de cualquier desperfecto del que fuera conocedor, antes de la venta.
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